Antes de aceptar el borrador, ¡Revísalo!

09 may 2023

Como cada año, se abre el plazo para hacer la Declaración de la Renta y debes rendir cuentas a Hacienda. Cuando se está de acuerdo con un borrador, especialmente si la resolución es devolver, aceptarlo es lo más cómodo, rápido y sencillo, pero ¡cuidado! La Agencia Tributaria también se equivoca.

Si has tenido la mala suerte de que te sale a pagar y no sabes cómo hacer frente a tu deuda con el fisco, siempre te quedarán los préstamos online para ir tirando. No obstante, ten en cuenta que puedes pagar en varios plazos para que te resulte más sencillo.

Revisar el borrador con detalle

Hay que revisar algunos aspectos porque los datos de la Agencia Tributaria pueden estar incorrectos o incompletos, sobre todo si ha habido modificaciones en tu vida. Estos pueden ser tan simples como un cambio de domicilio, la compra de una casa, si se han tenido hijos o si te has ido a vivir de alquiler.

Las deducciones autonómicas también son algo a tener siempre en cuenta, sobre todo porque pueden cambiar de un año a otro. A veces se tiene derecho a alguna de ellas (educativa, sanitaria o familiar) y se desconoce. Cuando sale a pagar, la cosa cambia y se activan las alertas que hacen que todo se revise con lupa.

En qué fijarse

La campaña de 2022 comenzó el pasado 11 de abril, así que, si eres de los adelantados, ya será tarde para seguir estos consejos. Desde la OCU insisten en la importancia de la revisión antes de aceptar porque los datos de los que disponen pueden ser inexactos. En caso de incongruencias, Hacienda puede hacer una declaración paralela.

Los principales aspectos que deben tenerse en cuenta antes de enviar la nueva declaración son los siguientes:

1. Datos familiares y personales. Hay circunstancias que tienen ventajas fiscales, por eso es importante cambiar datos si se ha cambiado de casa, te has casado, divorciado o has tenido hijos. En el borrador no siempre aparece.

2. Deducciones en caso de separación legal. Si el año pasado se produjo una separación, hay que comprobar que los datos sobre el inmueble, pensiones de alimentos o pensiones compensatorias estén correctas.

3. Deducción por maternidad. Si se es madre trabajadora, se tiene un hijo y no se anticipa el pago anticipado, hay que pedir la deducción en la declaración.

4. Deducciones familiares. Estas son las relacionadas con la discapacidad y número de hijos (familia numerosa) y debe repasarse que están bien metidas.

5. Deducciones autonómicas. Según la comunidad en la que se resida, las deducciones son distintas, así que no darlas por hechas es tarea obligada. Suelen ser familiares (nacimiento, monoparentalidad, familia numerosa) o por gastos varios (donaciones, alquiler, gastos educativos, libros, ropa escolar, idiomas, recursos energéticos, coches eléctricos, guardería, ayuda doméstica…).

6. Bienes transmitidos. Si el pasado año hiciste alguna donación o venta, debes rendir cuentas tanto de la ganancia como de las pérdidas derivadas de la transacción. Si ha sido una donación, no se admite la compensación en caso de pérdida.

7. Ingresos y gastos por inmuebles. Quien disponga de bienes inmuebles deben comprobar que los rendimientos están bien metidos y se imputan correctamente. Mayor atención hay que poner en caso de bienes gananciales.

Por último, hay que comprobar qué opción es más rentable, si la declaración individual o la declaración conjunta. El ciudadano puede acogerse a la que más le beneficie después de cotejar ambas opciones. Si el borrador se manda con fallos, se puede acceder a renta web para corregirlos antes de que termine el plazo.